Te lo digo claro: la LPAC establece exactamente cuándo no cabe recurso administrativo. El problema es que no lo agrupa en un solo artículo — lo reparte por toda la ley, entre plazos, tramitación, revisión de oficio y recursos.
La mayoría de opositores no los tiene todos localizados. Y en test, confundir un acto irrecurrible con uno que sí permite recurso cuesta puntos.
Con este esquema los tienes todos, artículo a artículo, con el texto literal de la ley:
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